Texto oficial
Las tarifas que apliquen los transportistas y distribuidores deberán posibilitar una razonable tasa de rentabilidad, a aquellas empresas que operen con eficiencia. Asimismo, la tasa deberá: a. guardar relación con el grado de eficiencia y eficacia operativa en la prestación del servicio; b. ser similar, como promedio de la industria, a la de otras actividades de riesgo similar o comparable nacional e internacionalmente.