Ley 24.065

Artículo 61Responsabilidad de los miembros

Texto oficial

Cuando el Ente o los miembros de su directorio incurrieran en actos que impliquen un exceso en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la normativa pertinente, o no cumplieren con las funciones y obligaciones inherentes a su cargo, cualquier persona cuyos derechos se vean afectados por dichos actos u omisiones podrá interponer ante el Ente o ante la justicia federal, según corresponda, las acciones legales tendientes a lograr que el Ente y/o los miembros de su directorio cumplan con las obligaciones que les impone la normativa pertinente.

Qué significa en la práctica

Regula la responsabilidad de los miembros del directorio del Ente.

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