Artículo 1Aprobaci├│n de los convenios y descripci├│n de las fracciones A y C
Texto oficial
Apru├®banse en todas sus partes los textos de los convenios de fechas 2 de diciembre de 1986 y 8 de octubre de 1987 cuyas fotocopias autenticadas forman parte integrante de la presente ley como Anexo I, suscritos entre el Ministerio de Defensa y las autoridades de la provincia de Santa Cruz y de la Municipalidad de R├¡o Gallegos, de transferencia sin cargo a favor de esta ├║ltima de 2 (dos) fracciones de tierras fiscales nacionales situadas en el ejido de la ciudad de R├¡o Gallegos, identificadas catastralmente como fracci├│n A y C, circunscripci├│n V, seg├║n plano de mensura registrado con fecha 3 de junio de 1987 en la Direcci├│n General de Catastro de la Provincia de Santa Cruz, con caracter├¡stica M-3.050, que tambi├®n forma parte integrante de la presente ley como anexo II, y cuya descripci├│n es la siguiente:
Fracci├│n A: afecta la forma de un pol├¡gono irregular, abarcando una superficie de ciento cuarenta y cuatro hect├íreas, cuarenta y tres ├íreas, setenta y ocho centi├íreas (144 has. 43 a. 78 ca.) y tiene por linderos, partiendo del v├®rtice Norte con rumbo Este se mide dos mil setecientos noventa y siete metros, setenta y cuatro cent├¡metros (2.697,74 m) lindando con tierras municipales sin mensurar; de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento treinta grados, cincuenta y tres minutos, treinta segundos (130┬║ 53' 30'') se mide ciento noventa y dos metros, sesenta cent├¡metros (192,60 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento noventa y siete grados, trinta y cinco munitos, veinte segundos (197┬║ 35' 20'') se mide ciento ochenta y ocho metros, setenta cent├¡metros (188,70 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento sesenta y nueve grados, treinta y siete minutos, veinte segundos (169┬║ 37' 20'') se mide trescientos sesenta y tres metros, cincuenta y dos cent├¡metros (363,52 m) todos lindando con la Ria de R├¡o Gallego; de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de cuarenta y un grados, cincuenta y tres minutos, cincuenta segundo (41┬║ 53' 50'') se mide seiscientos cincuenta y cuatro metros, treinta y dos cent├¡metros (654,32 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de noventa grados, cero munitos, cero segundos (90┬║ 00' 00'') se mide ciento cincuenta metros (150 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de doscientos setenta grados, cero minutos cero segundos (270ÔÇÖ 00ÔÇÖ 00) se mide trescientos cuarenta metros (340 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de doscientos setenta grados, cero minutos, cero segundos (270┬░ 00ÔÇÖ 00ÔÇÖ) se mide ciento cincuenta metros (150 mi de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de noventa grados, cero minutos, cero segundos (90ÔÇÖ 00ÔÇÖ 00) se mide dos mil trescientos noventa y cuatro metros, un centirnetro (2,394.01 m) lindando calle a ceder a uso p├║blico en medio, con la fraccI├│n B, de Jurisdicci├│n naval; de este ├║ltimo v├®rtice y con un ├íngulo Interno de noventa grados, doce minutos, treinta segundos (90┬║ 12ÔÇÖ 30'') se medir├í doscientos cincuenta y tres metros, ochenta y ocho cent├¡metros (253,88 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento cuarenta y nueve grados, cincuenta y cuatro minutos, doce segundos (149ÔÇÖ 54ÔÇÖ 12'') se medir├í doscientos sesenta y ocho metros, ochenta y nueve centlmetros (268,89 m), llegando asi al punto de partida donde se forma un ├íngulo de ciento diecinueve grados, cincuenta y tres minutos, dieciocho segundos (119ÔÇÖ 53ÔÇÖ 18ÔÇØ) lindando con la avenida Juan Manuel Gregores y parte de la manzana 633.
Fracci├│n C: afecta la forma de un poilgono irregular abarcado una superficie de ochenta hect├íreas, cuarenta y nueve ├íreas, sesenta centi├íreas (80 has. 49 a. 60 ca.), y tiene por linderos partiendo de v├®rtice Norte con rumbo Sur se medir├í dos mli doscientos veintid├│s metros, noventa y nueve ├ºentimetros (2,222,99 m) lindando calle a ceder a uso p├║blico en medIo con la fracci├│n B de jurisdicci├│n naval: de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento ocho grados, treinta y cinco minutos, cero segundos (108┬░ 35' 00'') se medir├í cuatrocientos cincucnta y ocho metros, sesenta y ocho centimetros (458,68 m) lindando calle sin nombre en medio chacras XX y XXI; de v├®rtice y con un ├íngulo interno de setenta y un grados, veinticinco minutos, cero segundos (71ÔÇÖ 25ÔÇÖ 00ÔÇØ) se medir├í un mil cuatrocientos noventa y cinco metros, cincuenta centimetros (1.495,50 m) lindando calle sin nombre en medio con la fracci├│n 3. parquc Industrial, de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento cincuenta y tres grados, cuatro minutos, cincuenta y tres segundos (153ÔÇÖ 04ÔÇÖ 53) se medir├í ochocientos cincuenta y siete metros (857 m) de este v├®rtice y con un ├íngulo interno de ciento ochenta y tres grados, cuarenta y siete minutos, dieciocho segundos (183ÔÇÖ 47ÔÇÖ 18ÔÇØ) se medir├í ciento diecinueve metros, nueve centimetros (119,09 m) lindando con la ruta nacional 3, llegando asi al punto de partida donde se forma un ├íngulo de veintitres grados, siete minutos, cuarenta y nueve segundos (23┬║ 07' 49'').
El titular del de las tierras descritas precedentemente es el Estado Nacional Argentino, con cargo al Estado Mayor General de la Armada. En el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Santa Cruz están registradas bajo matrtcula 3.991/77 y 3.992/77. habiendo sido identificadas en la Contaduria General de la Nación de la ex Secretaria de Hacienda, con los números 2.210.169 y 2.210.150 respectivamente.
Qué significa en la práctica
Es todo el contenido de la ley. Aprueba "en todas sus partes" los dos convenios que el Ministerio de Defensa firm├│ con la provincia de Santa Cruz y con la Municipalidad de R├¡o Gallegos el 2 de diciembre de 1986 y el 8 de octubre de 1987, por los que se transfieren sin cargo al municipio dos fracciones de tierras fiscales nacionales que est├ín dentro del ejido de la ciudad. Las fotocopias autenticadas de los convenios integran la ley como Anexo I y el plano de mensura M-3.050, registrado el 3 de junio de 1987 en la Direcci├│n General de Catastro de Santa Cruz, como Anexo II. El resto del art├¡culo es la descripci├│n perimetral, v├®rtice por v├®rtice y ├íngulo por ├íngulo, de las dos fracciones: la A, de 144 hect├íreas 43 ├íreas 78 centi├íreas, sobre la r├¡a de R├¡o Gallegos y la avenida Juan Manuel Gregores; y la C, de 80 hect├íreas 49 ├íreas 60 centi├íreas, entre el parque industrial y la ruta nacional 3. El p├írrafo final asienta el t├¡tulo: del Estado nacional con cargo al Estado Mayor General de la Armada, matr├¡culas 3.991/77 y 3.992/77 del Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Cruz. La fracci├│n B no se transfiere: queda bajo jurisdicci├│n naval, separada de las otras por una calle a ceder al uso p├║blico. Advertencia de fuente: la versi├│n de InfoLeg arrastra errores de digitalizaci├│n en la mensura ("munitos", "centirnetro", "poilgono", "matrtcula"); el corpus los reproduce verbatim porque son datos registrales y corregirlos podr├¡a alterar una medida.