Ley 24.075

Artículo 2Cesi├│n gratuita a la Municipalidad con destino al parque

Texto oficial

El Estado Nacional cede con destino a la ampliación del Parque Nacional a la Bandera, a título gratuito, a la Municipalidad de Rosario, provincia de Santa Fe, las tierras y muelles descriptos en el artículo 1° de la presente.

Qué significa en la práctica

La cesión propiamente dicha. El Estado nacional cede a título gratuito a la Municipalidad de Rosario las tierras y muelles que el artículo 1 acaba de desafectar, y lo hace con un destino fijado por la ley: la ampliación del Parque Nacional a la Bandera, el paseo que rodea al Monumento Nacional a la Bandera. No es una donación de destino libre: el fin público es lo que justifica la gratuidad, de modo que el municipio recibe las tierras atadas a ese uso.

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