Si la construcción o ampliación de obras de un transportista o distribuidor interfiriere o amenazare interferir el servicio o el sistema correspondiente a otro transportista o distribuidor, estos últimos podrán acudir al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, quien oyendo a las partes e interesados y convocando a una audiencia pública resolverá la continuación o no de la nueva obra.
Qué significa en la práctica
Regula la ampliación de obras de un transportista o distribuidor.