Ley 24.082

Artículo 6Condici├│n financiera para el inicio de actividades

Texto oficial

Comenzará a funcionar cuando las disponibilidades financieras provenientes de fondos estatales u otro origen garanticen su funcionamiento acorde con las exigencias de infraestructura y planta funcional.

Qué significa en la práctica

Condiciona la puesta en marcha a que haya plata: la universidad no abre por el solo hecho de estar creada, sino cuando existan fondos ÔÇöestatales o de otro origenÔÇö que garanticen infraestructura y personal. Es una cl├íusula habitual en las creaciones de universidades, y explica por qu├® entre la ley y el inicio efectivo de actividades suele pasar tiempo. N├│tese que este art├¡culo s├¡ admite fondos "de otro origen", mientras el art├¡culo 3 ÔÇöobservado justamente por esoÔÇö restring├¡a la obtenci├│n de bienes al sector p├║blico.

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