Todos los aspectos vinculados a la habilitaci├│n, administraci├│n y operaci├│n de los puertos estatales y particulares existentes o a crearse en el territorio de la Rep├║blica, se rigen por la presente ley.
Qué significa en la práctica
Define el alcance de la ley con la mayor amplitud posible: todos los aspectos de la habilitaci├│n, administraci├│n y operaci├│n de todos los puertos del pa├¡s, estatales y particulares, existentes o a crearse. Ese "todos" repetido es la clave: antes de 1992 el r├®gimen portuario era un mosaico de normas que trataban distinto a los puertos seg├║n qui├®n los tuviera, y esta ley los pone bajo un ├║nico marco. Los puertos privados dejan de ser una excepci├│n tolerada y pasan a ser una categor├¡a legal.