El programa a que se refiere el artículo 3°, deberá prever entre otros:
a) La realización de un congreso sobre el problema indígena en el país.
b) La publicaci├│n de los trabajos y conclusiones del congreso previsto en el inciso anterior.
c) La coordinaci├│n en el tratamiento de los asuntos de inter├®s prioritario para las comunidades ind├¡genas en esferas tales como los derechos humanos, la tierra, el medio ambiente, el desarrollo, la educaci├│n y la salud.
d) La invitación a los gobiernos provinciales y a las instituciones interesadas para contribuir a acrecentar la conciencia de las autoridades y el público acerca de las necesidades de las poblaciones indígenas y el reconocimiento de su cultura y de sus derechos.
Qué significa en la práctica
Le pone piso al programa: cuatro contenidos que la comisi├│n no puede omitir, aunque puede agregar otros porque la ley dice "entre otros". Un congreso sobre el problema ind├¡gena en el pa├¡s; la publicaci├│n de sus trabajos y conclusiones, que es lo que evita que el congreso se agote en s├¡ mismo y deja un producto consultable; la coordinaci├│n de los asuntos prioritarios para las comunidades en derechos humanos, tierra, medio ambiente, desarrollo, educaci├│n y salud; y la invitaci├│n a los gobiernos provinciales y a las instituciones interesadas a acrecentar la conciencia p├║blica sobre las necesidades de las poblaciones ind├¡genas y el reconocimiento de su cultura y sus derechos. La enumeraci├│n del inciso c) es la m├ís significativa: nombra la tierra en segundo lugar, que es el n├║cleo del reclamo ind├¡gena y el que dos a├▒os despu├®s llegar├¡a al art├¡culo 75 inciso 17 de la Constituci├│n reformada.
Ejemplo práctico
Una provincia con población indígena podía sumar sus propias actividades al programa del año: el inciso d) obliga a la comisión a invitar a los gobiernos provinciales y a las instituciones interesadas.
Efectos prácticos
•Fija un piso obligatorio de actividades que la comisi├│n no pod├¡a omitir.
•Deja como documento oficial la lista de asuntos prioritarios para las comunidades ind├¡genas en 1992.