Ley 24.204
Una persona sorda que est├í en la calle y necesita avisar en su casa que llega tarde: con un tel├®fono p├║blico com├║n no puede hacerlo, porque el servicio supone que uno habla y escucha. El art├¡culo 1 obliga a la empresa que presta el servicio telef├│nico a que existan aparatos que le permitan hacer ese llamado escribiendo. Si en una ciudad no hay ninguno instalado, la prestadora est├í incumpliendo la ley.