En los supuestos en que las leyes de prestaciones no contributivas prevean que en caso de fallecimiento del titular, el derecho acordado se extenderá a los derechohabientes que enumeren el haber de la prestación de éstos se determinará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98.
Financiamiento de prestaciones no contributivas.
Qué significa en la práctica
Regula los supuestos de las leyes de prestaciones no contributivas.