Ley 24.390

Artículo 5Obligaciones al prestar cauci├│n

Texto oficial

En el acto de prestar la caución el deberá fijar domicilio, denunciando el real y las circunstancias de trabajo que pudieren imponerle la necesidad de ausentarse por más de veinticuatro horas, lo que no podrá ser alterado sin autorización del tribunal. Además, el tribunal establecerá las reglas de conducta que deberá cumplir el conforme las previsiones del artículo 27 bis del Código Penal y que resultaren compatibles con su situación procesal.

Qué significa en la práctica

Al salir, el debe fijar domicilio, denunciar el real y avisar si su trabajo puede obligarlo a ausentarse m├ís de veinticuatro horas. El tribunal le impone adem├ís reglas de conducta seg├║n el art├¡culo 27 bis del C├│digo Penal. **Sustituido por la Ley de plazos de la prisión preventiva (fin del dos por uno).**

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