Ley 24.418

Artículo 1Aprobaci├│n de la Enmienda de Copenhague

Texto oficial

Apru├®base la ENMIENDA DEL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, adoptada en Copenhague (REINO DE DINAMARCA) el 25 de noviembre de 1992, que consta de TRES (3) art├¡culos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente Ley.

Qué significa en la práctica

Es el art├¡culo sustantivo: el Congreso aprueba la Enmienda adoptada en Copenhague en la Cuarta Reuni├│n de las Partes y le da rango de ley al texto anexo. La Enmienda tiene s├│lo tres art├¡culos formales ÔÇöenmienda, relaci├│n con la Enmienda de Londres y entrada en vigorÔÇö, pero el primero contiene veintis├®is modificaciones al Protocolo, identificadas de la A a la Z. Las decisivas son tres art├¡culos nuevos: el 2F somete a cupo los hidroclorofluorocarbonos desde 1996 y los lleva a cero en 2030; el 2G pone en cero desde 1996 el consumo y la producci├│n de hidrobromofluorocarbonos, salvo usos esenciales; y el 2H congela el metilbromuro desde 1995 en el nivel de 1991, sin contar los usos de cuarentena y previos al env├¡o. En paralelo se sustituye el anexo C, se crea el anexo E con el metilbromuro (potencial de agotamiento del ozono 0,7), se reemplaza en todo el Protocolo la referencia a los "art├¡culos 2A a 2E" por "art├¡culos 2A a 2H", se extienden a las nuevas sustancias las restricciones de comercio con Estados no Parte del art├¡culo 4 y las obligaciones de informar del art├¡culo 7, y se agrega el p├írrafo 1 bis al art├¡culo 5 para que las Partes fijen despu├®s el calendario de los pa├¡ses en desarrollo. Conviene no confundir la Enmienda con los ajustes: en la misma reuni├│n de Copenhague las Partes adelantaron por v├¡a de ajuste la eliminaci├│n de los CFC y los halones, y los ajustes obligan sin necesidad de ratificaci├│n, por lo que no forman parte del texto que aprueba esta ley.

Efectos prácticos

  • Incorpora al derecho argentino, con rango de ley, la Enmienda de Copenhague de 1992 al Protocolo de Montreal
  • Convierte a los HCFC de "sustancias de transici├│n" en sustancias controladas, con tope desde 1996 y eliminaci├│n total en 2030
  • Lleva a cero desde 1996 el consumo y la producci├│n de hidrobromofluorocarbonos, salvo usos esenciales acordados
  • Incorpora el metilbromuro al r├®gimen mediante el anexo E, congelado desde 1995 en el nivel de 1991 y con exclusi├│n de los usos de cuarentena y previos al env├¡o
  • Extiende a las sustancias de los anexos C y E las restricciones de comercio con Estados que no son Parte y las obligaciones de informaci├│n estad├¡stica
  • Difiere a una decisi├│n posterior de las Partes el a├▒o base y los calendarios aplicables a los pa├¡ses en desarrollo, entre ellos la Argentina
  • Condiciona el dep├│sito del instrumento a haber depositado antes o al mismo tiempo el de la Enmienda de Londres

Normas relacionadas

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