Qué significa en la práctica
Es el art├¡culo sustantivo: la Argentina adhiere al Quinto Protocolo Adicional y a las cuatro Resoluciones del XV Congreso Extraordinario, y ambos textos quedan incorporados como anexo con rango de ley. El Protocolo tiene tres art├¡culos. El art├¡culo I sustituye el pre├ímbulo de la Constituci├│n de la Uni├│n, que pasa a reconocer la responsabilidad de asegurar a toda persona prestaciones postales de calidad ÔÇöinternas e internacionalesÔÇö a trav├®s de operadores del servicio p├║blico que deben desempe├▒arse como empresas din├ímicas y eficientes en todo el mercado postal. El art├¡culo II reemplaza el art├¡culo 1 del Cap├¡tulo I: los pa├¡ses miembros forman un solo territorio postal para el intercambio rec├¡proco de env├¡os, en condiciones iguales o m├ís favorables para los clientes que las de la Uni├│n Postal Universal, y se garantiza la libertad de tr├ínsito en todo el territorio de la Uni├│n. El art├¡culo III fija la vigencia: el Protocolo rige desde el 1 de enero de 1994, por tiempo indeterminado, con la misma fuerza que si sus disposiciones estuvieran insertas en la Constituci├│n misma. Las cuatro Resoluciones acompa├▒an esa reforma: aceptar las proposiciones presentadas fuera de plazo, ejecutar las modificaciones adoptadas, numerar como XVI el Congreso de M├®xico de 1995 y tomar nota del descenso de la categor├¡a de contribuci├│n de Cuba.