Ley 24.429

Artículo 1Definici├│n del Servicio Militar Voluntario

Texto oficial

El Servicio Militar Voluntario (SMV) es la prestación que efectúan por propia decisión los argentinos varones y mujeres, nativos, por opción o ciudadanos naturalizados, con la finalidad de contribuir a la defensa nacional, brindando su esfuerzo y dedicación personales con las características previstas en la presente ley.

Qué significa en la práctica

Define qu├® es el nuevo servicio y en esa definici├│n est├í todo el cambio de r├®gimen: es una prestaci├│n que se hace por propia decisi├│n, no por sorteo ni por convocatoria obligatoria. Pueden prestarlo argentinos varones y mujeres ÔÇöla ley incorpora expresamente a las mujeres a la tropaÔÇö nativos, por opci├│n o naturalizados. La finalidad es contribuir a la defensa nacional. La palabra que ordena el resto de la ley es voluntario: quien no quiera servir, no sirve, y quien quiera hacerlo entra en un v├¡nculo con condiciones, beneficios y l├¡mites definidos por esta ley.

Efectos prácticos

  • •Sustituy├│ la incorporaci├│n por sorteo por una prestaci├│n decidida por el propio ciudadano.
  • •Incorpor├│ expresamente a las mujeres al servicio militar en igualdad de condiciones con los varones.

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