Artículo 11Las reservas como componente del Sistema Nacional de Defensa
Texto oficial
Las reservas constituirán el componente ineludible del Sistema Nacional de Defensa, su organización, estructura, funcionamiento y capacitación se regirán por la ley que se dicte a tal efecto.
Qué significa en la práctica
Declara que las reservas son un componente ineludible del Sistema Nacional de Defensa, pero no las regula: remite su organización, estructura, funcionamiento y capacitación a una ley posterior que debía dictarse a tal efecto. Es una definición de principio con la reglamentación pendiente.
Efectos prácticos
•Declar├│ a las reservas componente ineludible del Sistema Nacional de Defensa.
•Dej├│ su organizaci├│n, estructura, funcionamiento y capacitaci├│n diferidas a una ley posterior.