Ley 24.447

Artículo 48Partidas de Cultura y Educaci├│n para proyectos del Congreso (art├¡culo observado)

Texto oficial

Establ├®cese dentro de los cr├®ditos aprobados en la presente ley para la jurisdicci├│n 70 - MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION las siguientes partidas: a) Del programa 37, afectar la suma de VEINTISIETE MILLONES DE PESOS ($ 27.000.000); b) De la partida 99 (no asignable a programas), afectar la suma de VEINTISEIS MILLONES DE PESOS ($ 26.000 000). Este total de CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS ($ 53.000.000) se destinar├í a financiar la ejecuci├│n de los proyectos originados en el ├ímbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL.

Qué significa en la práctica

Este art├¡culo fue OBSERVADO ├¡ntegramente por el Decreto 2329/94 y nunca entr├│ en vigencia. El texto sancionado afectaba 27 millones del programa 37 y 26 millones de la partida no asignable a programas del Ministerio de Cultura y Educaci├│n ÔÇö53 millones en totalÔÇö para financiar proyectos originados en el Congreso. El Ejecutivo lo vet├│ porque no determinaba qu├® categor├¡as program├íticas, metas y objetivos hab├¡a que replantear para liberar esa plata.

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