Ley 24.447

Artículo 61Art├¡culos incorporados a la Ley 11.672

Texto oficial

Incorp├│rase a la Ley N┬║ 11.672, COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (t. o. 1994) los arts.14, 15,19, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 35, 36 y 38 de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Es el art├¡culo que decide qu├® sobrevive al ejercicio. La Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, Complementaria Permanente de Presupuesto, es el texto donde se acumulan las disposiciones presupuestarias de car├ícter permanente. Este art├¡culo le incorpora trece art├¡culos de esta ley: el 14 (plan quinquenal de las fuerzas), 15 (contrataciones de servicios personales), 19 (r├®gimen salarial universitario), 22 (ratificaci├│n de decretos y honorarios previsionales), 25, 26 y 27 (caducidad de los cr├®ditos contra el Estado y de sus tr├ímites), 28 (archivos de las privatizadas), 29 (multas ambientales), 31 (multas de los entes reguladores), 35 y 36 (recursos de la seguridad social) y 38 (Cuenta ├Ünica del Tesoro). Todos ellos siguieron rigiendo despu├®s de 1995.

Efectos prácticos

  • •Trece art├¡culos de esta ley pasan a regir con car├ícter permanente
  • •Las reglas de caducidad de los cr├®ditos contra el Estado (art├¡culos 25 a 27) sobreviven al ejercicio 1995
  • •El r├®gimen de contrataciones de servicios personales del art├¡culo 15 queda incorporado a la Ley 11.672

Normas relacionadas

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