Ley 24.464

Artículo 17Banco de datos de beneficiarios en cada jurisdicción

Texto oficial

A fin de garantizar la claridad en el funcionamiento de la operatoria de esta ley, se constituirá en cada un banco de datos con el registro de todos los beneficiarios de las adjudicaciones FONAVI y sus familiares directos.

Qué significa en la práctica

Para dar transparencia a la operatoria, cada debe constituir un banco de datos con el registro de todos los beneficiarios de adjudicaciones FONAVI y de sus familiares directos. El objetivo práctico es poder detectar adjudicaciones repetidas dentro de una misma familia.
← Ver en Ley del FONAVI completaLeyes