Ley 24.492

Artículo 2Requisitos para ser leg├¡timo usuario, formularios oficiales y oficios judiciales

Texto oficial

Para la obtenci├│n de la condici├│n de leg├¡timo usuario de armas ÔÇödel tipo que fuereÔÇö deber├ín cumplimentarse los recaudos establecidos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos, su 395/75, resoluciones ministeriales y disposiciones del Registro Nacional de Armas. A dicho efecto, as├¡ como para todo acto de registraci├│n en la fuente relativo a armas de fuego, se utilizar├ín indefectiblemente los formularios Ley 23.979, con el objeto de conformar el Banco Nacional Informatizado de Datos del Registro Nacional de Armas, dependiente del Ministerio de Defensa. Atento a ello, todo requerimiento judicial en materia de armas, deber├í ser oficiado al Registro Nacional de Armas.

Qué significa en la práctica

Este art├¡culo hace tres cosas en un solo p├írrafo. Primero, dice c├│mo se llega a ser leg├¡timo usuario: no inventa requisitos nuevos, remite en bloque a la Ley Nacional de Armas y Explosivos, a su 395/75, a las resoluciones ministeriales y a las disposiciones del organismo de armas; ese remitir es lo que permite que los requisitos se actualicen sin tocar la ley. Segundo, unifica el papeleo: para el tr├ímite de leg├¡timo usuario y para "todo acto de registraci├│n en la fuente" hay que usar, indefectiblemente, los formularios de la Ley 23.979, y el objetivo declarado de esa uniformidad es armar un Banco Nacional Informatizado de Datos, es decir, una base ├║nica que permita saber qu├® arma est├í a nombre de qui├®n. Tercero, ordena el circuito judicial: cualquier pedido de un juez sobre armas debe dirigirse a ese registro, que queda como ventanilla ├║nica de informaci├│n. La menci├│n al Ministerio de Defensa refleja la dependencia que el organismo ten├¡a en 1995; despu├®s pas├│ a la ├│rbita del Ministerio de Justicia y luego a la del organismo sucesor.

Ejemplo práctico

Quien quiere obtener la credencial de leg├¡timo usuario debe presentarse ante el organismo nacional de armas con los formularios oficiales y cumplir los recaudos del r├®gimen de la Ley 20.429 y del Decreto 395/75: no alcanza con una constancia de compra ni con un tr├ímite ante otra dependencia.

Efectos prácticos

  • •Los requisitos para ser leg├¡timo usuario son los de la Ley 20.429 y su reglamentaci├│n, no unos nuevos
  • •El uso de los formularios de la Ley 23.979 es obligatorio en todo acto de registraci├│n de armas
  • •Los oficios judiciales sobre armas se dirigen al registro nacional de armas, que centraliza la informaci├│n

Normas relacionadas

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