Ley 24.515

Artículo 4Atribuciones y funciones del INADI

Texto oficial

Corresponde al INADI: a) Actuar como organismo de aplicaci├│n de la presente ley, velando por su cumplimiento y la consecuci├│n de sus objetivos, a trav├®s del an├ílisis de la realidad nacional en materia de discriminaci├│n, xenofobia y racismo y la elaboraci├│n de informes y propuestas con respecto a dichos temas; b) Difundir los principios normados por la Ley Antidiscriminatoria, normas concordantes y complementarias, as├¡ como los resultados de los estudios que realice o promueva y las propuestas que formule; c) Dise├▒ar e impulsar campa├▒as educativas tendientes a la valorizaci├│n del pluralismo social y cultural, y a la eliminaci├│n de actitudes discriminatorias, xenof├│bicas o racistas; participando en la ejecuci├│n de esas campa├▒as; d) Recopilar y mantener actualizada la informaci├│n sobre el Derecho Internacional y extranjero en materia de discriminaci├│n, xenofobia y racismo, estudiar esos materiales y elaborar informes comparativos sobre los mismos; e) Recibir y centralizar denuncias sobre conductas discriminatorias, xenof├│bicas o racistas y llevar un registro de ellas; f) Constituir un registro en el que se reunir├ín todos los documentos, pruebas y evidencias vinculadas con los objetivos del INADI; g) Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos discriminados o v├¡ctimas de xenofobia o racismo; h) Proporcionar patrocinio gratuito y, a pedido de parte interesada, solicitar vistas de las actuaciones judiciales o administrativas relativas a los temas de su ; i) Proporcionar al Ministerio P├║blico y a los tribunales judiciales asesoramiento t├®cnico especializado en los asuntos relativos a la tem├ítica de su ; j) Informar a la opini├│n p├║blica sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenof├│bicas o racistas que pudieran manifestarse en cualquier ├ímbito de la vida nacional, especialmente en las ├íreas de educaci├│n, salud, acci├│n social y empleo; provengan ellas de autoridades p├║blicas o entidades o personas privadas; k) Constatar ÔÇöprima facieÔÇö la existencia en el territorio argentino de personas que durante la Segunda Guerra Mundial o que posteriormente a ella participaron en el exterminio de pueblos, o en la muerte y persecuci├│n de personas o grupos de personas a causa de su raza, religi├│n, nacionalidad u opini├│n pol├¡tica; y cuando corresponda, efectuar las denuncias ante las autoridades competentes; l) Promover e impulsar cuando existan suficientes evidencias y de acuerdo a lo previsto en el art├¡culo 43 de la Constituci├│n Nacional, las acciones judiciales y administrativas pertinentes con relaci├│n a las personas comprendidas en el inciso anterior; m) Establecer v├¡nculos de colaboraci├│n con organismos nacionales o extranjeros, p├║blicos o privados, que tengan similares objetivos a los asignados al presente Instituto; n) Proponer, al organismo competente, la celebraci├│n de nuevos tratados sobre extradici├│n; ├▒) Celebrar convenios con organismos y/o entidades p├║blicas o privadas, nacionales o internacionales, a efectos de propender a dar cabal cumplimiento a los objetivos asignados a este Instituto.

Qué significa en la práctica

Es el art├¡culo m├ís importante de la ley: enumera todo lo que el Instituto pod├¡a hacer. Las funciones se agrupan en cuatro bloques. Primero, aplicar la ley y estudiar el fen├│meno (incisos a, d y j): analizar la realidad nacional, comparar el derecho extranjero e informar a la opini├│n p├║blica. Segundo, difundir y educar (incisos b y c): dar a conocer la Ley Antidiscriminatoria de actos discriminatorios y hacer campa├▒as a favor del pluralismo. Tercero, y es lo que m├ís le importa a una persona afectada, atender a las v├¡ctimas (incisos e, f, g, h e i): recibir y registrar denuncias, guardar las pruebas, dar asesoramiento integral gratuito, dar patrocinio jur├¡dico gratuito y pedir vista de los expedientes, y asesorar t├®cnicamente a fiscales y jueces. Cuarto, perseguir cr├¡menes del nazismo (incisos k, l y n): constatar la presencia en el pa├¡s de personas que participaron en el exterminio de pueblos o en persecuciones raciales, religiosas, nacionales o pol├¡ticas durante la Segunda Guerra Mundial o despu├®s de ella, denunciarlas, promover el del art├¡culo 43 de la Constituci├│n Nacional y proponer nuevos tratados de extradici├│n. Los incisos m y ├▒ le permit├¡an articular con otros organismos, nacionales o extranjeros, p├║blicos o privados.

Ejemplo práctico

Una persona a la que le negaron el ingreso a un local bailable por su color de piel podía dejar la denuncia registrada en el INADI (inciso e), recibir asesoramiento gratuito sobre cómo probar el hecho (inciso g) y, si no tenía abogado, pedir patrocinio jurídico gratuito para reclamar por la Ley 23.592 (inciso h). Desde la disolución del organismo, en agosto de 2024, esa ventanilla ya no existe: el reclamo judicial sigue siendo posible, pero el acompañamiento gratuito hay que buscarlo en otra dependencia.

Efectos prácticos

  • •Cre├│ la primera ventanilla estatal espec├¡fica para denunciar discriminaci├│n, xenofobia y racismo
  • •Dio asesoramiento y patrocinio jur├¡dico gratuitos a las v├¡ctimas
  • •Gener├│ el primer registro oficial de denuncias por discriminaci├│n en la Argentina

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