Ley 24.515

Artículo 9Los siete Directores: cuatro del Estado y tres de organizaciones no gubernamentales

Texto oficial

El Directorio estará integrado por siete miembros. Cuatro Directores serán representantes del Poder Ejecutivo Nacional, correspondiendo uno a cada uno de los siguientes Ministerios: del Interior; de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; de Justicia; y de Educación. Las designaciones deberán recaer en uno de los subsecretarios de cada Ministerio y serán efectuadas por el Ministro respectivo. Los tres Directores restantes serán representantes de Organizaciones no Gubernamentales que cuenten con reconocida trayectoria en la lucha por los derechos humanos, contra la discriminación, la xenofobia y el racismo y se encuentren incorporadas en un registro especial público que se llevará en el Ministerio del Interior conforme establezca la reglamentación. Serán designados por el Ministerio del Interior a propuesta de las Organizaciones no Gubernamentales inscritas en el Registro previsto en este artículo y que resulten sorteadas. Durarán cuatro años en sus cargos.

Qué significa en la práctica

Reparte los siete cargos de Director. Cuatro correspondían al Poder Ejecutivo nacional, uno por cada uno de estos ministerios: Interior, Relaciones Exteriores, Justicia y Educación; la designación debía recaer en un subsecretario y la hacía el ministro respectivo. Los otros tres representaban a organizaciones no gubernamentales con trayectoria reconocida en derechos humanos y en la lucha contra la discriminación, que debían estar inscriptas en un registro público llevado por el Ministerio del Interior; entre las inscriptas se sorteaba, y los designados duraban cuatro años. Una aclaración sobre la redacción: el artículo empieza diciendo que el Directorio se integra con siete miembros, mientras que el artículo 7 dice nueve. No es un error de transcripción, está así en el texto oficial: los siete de este artículo son los Directores, a los que el artículo 7 suma el Presidente y el Vicepresidente.

Ejemplo práctico

Una asociaci├│n civil dedicada a los derechos de las personas migrantes que quisiera aportar un Director deb├¡a primero inscribirse en el registro p├║blico del Ministerio del Interior. Despu├®s entraba en el sorteo entre todas las organizaciones inscriptas y, si sal├¡a sorteada, propon├¡a a su representante para un mandato de cuatro a├▒os.

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