Artículo 32Sistema de becas a cargo de la Comisi├│n Paritaria Permanente
Texto oficial
A los efectos de facilitar los estudios mencionados en el artículo anterior, la Comisión Paritaria Permanente regulará un sistema de becas para el personal.
Qué significa en la práctica
Complementa el derecho a estudiar del artículo anterior con un instrumento concreto: un sistema de becas para el personal. Quien lo regula no es la autoridad administrativa por sí sola sino la Comisión Paritaria Permanente, el órgano mixto de gremios y autoridades que crea el artículo 56, de modo que el diseño de las becas queda dentro del ámbito de la negociación conjunta.