Ley 24.615
Si la organizaci├│n internacional instalara y explotara comercialmente en la Argentina un sistema satelital dom├®stico ÔÇösegmento terrestre, segmento espacial y sistemas de telemetr├¡a, telemando y controlÔÇö, esa actividad quedar├¡a sujeta a los mismos impuestos y controles que la de cualquier operador local: la segunda declaraci├│n de este art├¡culo le impide invocar los privilegios del protocolo para esa actividad.