Ley 24.615

Artículo 2Reserva y declaraciones al depositar la ratificaci├│n

Texto oficial

Al depositar el Instrumento de Ratificaci├│n, se deber├ín formular las siguientes reservas y declaraciones: "Al depositar el Instrumento de Ratificaci├│n al Protocolo sobre Privilegios, Exenciones e Inmunidades de INTELSAT, el Gobierno de la Rep├║blica Argentina manifiesta su reserva al p├írrafo 2 del art├¡culo 4. Por lo tanto, la Rep├║blica Argentina no estar├í obligada por la referida disposici├│n. La Rep├║blica Argentina deja constancia de la siguiente declaraci├│n: La expresi├│n "otros impuestos", contenida en el p├írrafo 3 del art├¡culo 4 del Protocolo sobre Privilegios, Exenciones e Inmunidades de INTELSAT, se entiende que comprende la exenci├│n de impuestos internos prevista por el art├¡culo 89 de la Ley de Impuestos Internos de la Rep├║blica Argentina. Asimismo, el Gobierno de la Rep├║blica Argentina manifiesta que no se otorgar├ín privilegios, exenciones o inmunidades algunos a INTELSAT y a sus funcionarios, cuando desempe├▒en actividades relacionadas con la provisi├│n, instalaci├│n y operaci├│n comercial en el territorio de la Rep├║blica Argentina de los segmentos de tierra y espaciales y sistemas de telemetr├¡a, telemando y control para la explotaci├│n de un sistema satelital dom├®stico. El Gobierno de la Rep├║blica Argentina declara que no aplicar├í las disposiciones del presente Protocolo a sus nacionales argentinos funcionarios de INTELSAT que desempe├▒en funciones en su territorio".

Qué significa en la práctica

Este es el art├¡culo propio de la ley y el que define hasta d├│nde llega la aceptaci├│n argentina. Ordena que, al depositar el instrumento de ratificaci├│n, se formulen una reserva y tres declaraciones. La reserva excluye la aplicaci├│n del p├írrafo 2 del art├¡culo 4 del protocolo. Las declaraciones precisan que la expresi├│n "otros impuestos" del p├írrafo 3 del art├¡culo 4 comprende la exenci├│n de impuestos internos del art├¡culo 89 de la Ley de Impuestos Internos; que no habr├í privilegio, exenci├│n ni inmunidad alguna cuando la organizaci├│n o sus funcionarios realicen actividad comercial de sistema satelital dom├®stico en territorio argentino; y que el protocolo no se aplicar├í a los nacionales argentinos que sean funcionarios de la organizaci├│n y trabajen en el pa├¡s.

Ejemplo práctico

Si la organizaci├│n internacional instalara y explotara comercialmente en la Argentina un sistema satelital dom├®stico ÔÇösegmento terrestre, segmento espacial y sistemas de telemetr├¡a, telemando y controlÔÇö, esa actividad quedar├¡a sujeta a los mismos impuestos y controles que la de cualquier operador local: la segunda declaraci├│n de este art├¡culo le impide invocar los privilegios del protocolo para esa actividad.

Efectos prácticos

  • El pa├¡s queda obligado a formular una reserva al p├írrafo 2 del art├¡culo 4 del protocolo.
  • La exenci├│n de "otros impuestos" se interpreta comprensiva de los impuestos internos del art├¡culo 89 de la Ley de Impuestos Internos.
  • La actividad comercial satelital dom├®stica de la organizaci├│n en la Argentina queda fuera de todo privilegio.
  • Los funcionarios argentinos de la organizaci├│n que trabajen en el pa├¡s no quedan cubiertos por el protocolo.

Normas relacionadas

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