Artículo 3Entrada en vigencia, con un plazo especial
Texto oficial
La presente ley entrará en vigencía al día siguiente de su publicacíon,
con excepción de las modificaciones del articulo 52 la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 dispuesto en el apartado 12 del artículo 1º de la presente ley, el que entrara en vigencia a los treinta (30) días contados a partir de su publicación.
Qué significa en la práctica
La ley rige desde el d├¡a siguiente al de su publicaci├│n, salvo una excepci├│n: la nueva redacci├│n del art├¡culo 52 de la Ley de Entidades Financieras -el que impide pedir la quiebra de la ex entidad durante sesenta d├¡as desde la revocaci├│n- entra en vigencia reci├®n a los treinta d├¡as de la publicaci├│n. La demora tiene sentido pr├íctico: da un margen para que los acreedores que ya estaban preparando pedidos de quiebra conozcan la nueva regla antes de que los alcance.