Artículo 12Aplicacion a las fuerzas armadas y de seguridad
Texto oficial
El Ejército Argentino, la Armada de la República Argentina y la Fuerza Aérea, en tanto fuerzas armadas, y la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, en tanto fuerzas de seguridad, quedan sujetas a las prescripciones de esta ley en todo aquello que no desvirtúe los conceptos de defensa nacional y de seguridad interior contenidas en las leyes 23.554 y 24.059 y no desnaturalice las instituciones antes mencionadas.
Qué significa en la práctica
El Ejercito, la Armada y la Fuerza Aerea, como fuerzas armadas, y la Gendarmeria Nacional y la Prefectura Naval, como fuerzas de seguridad, quedan sujetas a esta ley solo en aquello que no desvirtue los conceptos de defensa nacional y de seguridad interior de las Leyes 23.554 y 24.059 y no desnaturalice a esas instituciones. Es un limite material: la motosierra administrativa no podia avanzar sobre el nucleo de la defensa nacional ni de la seguridad interior.