Fórmula de cierre habitual de toda ley: el Congreso comunica el texto sancionado al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación. No agrega ninguna regla de fondo. En este caso el Poder Ejecutivo no la observó y la ley quedó promulgada de hecho el 5 de julio de 1996, por el transcurso del plazo del artículo 80 de la Constitución Nacional.