Ley 24.660

Artículo 4Competencia judicial en la ejecución

Texto oficial

— Será de judicial durante la ejecución de la pena: a) Resolver las cuestiones que se susciten cuando se considere vulnerado alguno de los derechos del condenado; b) Autorizar todo egreso del condenado del ámbito de la administración penitenciaria.

Qué significa en la práctica

Durante la ejecución, le corresponde al juez resolver las cuestiones cuando se considere vulnerado un derecho del condenado y autorizar todo egreso del ámbito penitenciario.

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