La prisión diurna se cumplirá mediante la permanencia diaria del condenado en una institución basada en el principio de autodisciplina, todos los días entre las ocho y las diecisiete horas.
Prisión nocturna
Qué significa en la práctica
La prisión diurna se cumple permaneciendo en la institución todos los días entre las 8 y las 17 horas.