F├│rmula de cierre habitual de toda ley: el Congreso comunica lo sancionado al Poder Ejecutivo para que siga el tr├ímite de promulgaci├│n y publicaci├│n. En el texto original de 1996 este art├¡culo era el 2; qued├│ renumerado como 4 cuando la Ley de recálculo de pensiones por fallecimiento incorpor├│ los art├¡culos 2 y 3.