Ley 24.767

Artículo 34Comunicación de la sentencia

Texto oficial

Una vez firme la , el tribunal enviará inmediatamente copia de ella al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Si hubiese declarado procedente la extradición, el tribunal también le remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto una copia del expediente completo. Sección 3 Decisión final

Qué significa en la práctica

Firme la , el tribunal envía copia a la Cancillería; si concedió la extradición, pone a la persona a disposición del Poder Ejecutivo.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal completaLeyes