En el caso del inciso a) del articulo anterior, La solicitud formal de arresto provisorio deberá ser remitida por la vía diplomática o por conducto de la Organización Internacional de la Policía Criminal (Interpol), y consignará: a) Nombre del sujeto requerido, con todas las circunstancias personales que lo identifiquen y permitan encontrarlo en el país: b) Fecha, lugar de comisión y calificación legal del hecho: c) Si el requerido fuese un , pena conminada para el hecho que motiva el pedido. Si fuera un condenado, monto de la pena impuesta en la condena firme que faltare cumplir; d) La existencia de la orden Judicial de prisión: e) El compromiso de solicitar formalmente la extradición.
Qué significa en la práctica
La solicitud formal de arresto provisorio se remite por vía diplomática o por Interpol y debe contener los datos que la ley indica.