Ley 24.806

Artículo 2La violaci├│n a lo establecido por la presente ley facultar├í a los ministerios de Educaci├│n y/o

Texto oficial

La violaci├│n a lo establecido por la presente ley facultar├í a los ministerios de Educaci├│n y/o secretarias educativas, cualquiera sea su jurisdicci├│n, a que, a trav├®s del organismo encargado del reconocimiento y control de los establecimientos privados, intimen al cese de la difusi├│n enga├▒osa y al desarrollo de los cursos o carreras.

Qué significa en la práctica

La violaci├│n a lo establecido por la presente ley facultar├í a los ministerios de Educaci├│n y/o secretarias educativas, cualquiera sea su jurisdicci├│n, a que, a trav├®s del organismo encargado del reconocimiento y control de los establecimientos privados, intimen al cese de la difusi├│n enga├▒osa y al desarrollo de los cursos o carreras.

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