Ley 24.946

Artículo 57Registro de Menores e Incapaces

Texto oficial

El Registro de Menores e Incapaces creado por decreto 282/81 pasa a integrar el Ministerio Público de la Defensa, bajo la dependencia directa del Defensor de Menores e Incapaces ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Qué significa en la práctica

El Registro de Menores e Incapaces pasa a integrar el Ministerio Público de la Defensa, bajo la dependencia del Defensor de Menores e Incapaces.

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