El impuesto será liquidado, emitido y distribuido anualmente a los contribuyentes para su pago por la Administración Federal de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. La no recepción de la boleta de liquidación para el pago no libera al contribuyente de la . Contra la efectiva satisfacción del gravamen le será entregada una oblea para facilitar el control de su cumplimiento y el tránsito del bien objeto del impuesto por cualquier parte del territorio nacional. La falta de exhibición de la oblea y de presentación del correspondiente comprobante de pago inhibirá la circulación del bien gravado por todas las rutas terrestres, fluviales, marítimas y aéreas de la República Argentina.
Qué significa en la práctica
La AFIP liquida y envía la boleta a cada contribuyente, pero no recibirla no exime de pagar: la existe igual. Contra el pago se entrega una oblea. Circular sin la oblea y sin el comprobante habilitaba a impedir el tránsito del bien por rutas, ríos, mar o aire del país.