Ley 25.064

Artículo 10Avales del Tesoro Nacional

Texto oficial

Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a otorgar avales del Tesoro Nacional por las operaciones de crédito público de acuerdo con el detalle obrante en la planilla 17 anexa al presente artículo, y por los montos máximos determinados en la misma. Asimismo facúltase a la mencionada Secretaría a otorgar avales del Tesoro Nacional por montos de hasta noventa millones de pesos ($ 90.000.000) y veintidós millones de pesos ($ 22.000.000) para la financiación de las obras, por iniciativa privada, del Paso de Jama en la provincia de Jujuy y del Paso de Sico en la provincia de Salta, respectivamente.

Qué significa en la práctica

Autoriza a la Secretaría de Hacienda a otorgar avales del Tesoro (es decir, a garantizar deudas de terceros) por las operaciones detalladas en la planilla 17, y en particular por hasta 90 millones de pesos para el Paso de Jama (Jujuy) y 22 millones para el Paso de Sico (Salta), obras impulsadas por iniciativa privada.

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