Ley 25.156

Artículo 34Periodo de prueba y resolucion

Texto oficial

Concluido el , que será de noventa (90) días, —prorrogables por un período igual si existieran causas debidamente justificadas— o transcurrido el plazo para realizarlo, las partes podrán alegar en el plazo de seis (6) días sobre el mérito de la misma. El Tribunal dictará resolución en un plazo máximo de sesenta (60) días. La resolución del Tribunal pone fin a la vía administrativa.

Qué significa en la práctica

Fija el periodo de prueba y la resolucion final del Tribunal.

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