Sustitúyese el Art. 266 — Código Penal de la Nación Argentina por el siguiente: Artículo 266: Será reprimido con prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de uno a cinco años, el funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden.
Qué significa en la práctica
Sustituye el articulo 266 del Codigo Penal sobre exacciones ilegales.