Ley 25.199

Artículo 7Financiamiento por donaciones y rendición de cuentas

Texto oficial

Los recursos económicos que demande la realización de este monumento provendrá de donaciones particulares. A tal fin, dispónese la apertura de una cuenta en el Banco Nación denominada "Monumento a Lola ". La administración de la misma estará a cargo de la Comisión Honoraria, la que deberá rendir cuenta de su gestión conforme a lo establecido por la Administración Financiera.

Qué significa en la práctica

La obra no se paga con fondos del Tesoro: los recursos provienen de donaciones particulares, que se depositan en una cuenta del Banco Nación llamada Monumento a Lola . La comisión administra esa cuenta y debe rendir cuentas conforme la Administración Financiera de administración financiera, lo que somete el manejo de los fondos al control del sistema público, aunque el dinero sea de origen privado.

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