Artículo 12Ampliación de los Bonos de Consolidación de tercera serie
Texto oficial
Amplíase la autorización a emitir Bonos de Consolidación - Tercera Serie en Moneda Nacional y en Dólares Estadounidenses prevista en el artículo 2º del Decreto Nº 1318/98 hasta el monto colocado dentro del límite establecido en la planilla Nº 15 anexa al artículo 9º.
Qué significa en la práctica
Amplía la autorización de emisión de Bonos de Consolidación de tercera serie, en pesos y en dólares, prevista en el Decreto 1318/98, hasta el monto que efectivamente se coloque dentro del límite de la planilla 15.