Ley 25.237

Artículo 14Facultad de reorganización institucional

Texto oficial

Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de continuar el proceso de reestructuración organizativa hacia una mayor eficiencia y racionalización del gasto público, a disponer las reorganizaciones institucionales que estime necesario y que tengan por finalidad la eliminación de objetivos, competencias, funciones y/o responsabilidades superpuestas o duplicadas, como así también la concentración de funciones que tiendan a la consecución de los fines expresados en el presente artículo.

Qué significa en la práctica

Habilita al Jefe de Gabinete a disponer reorganizaciones institucionales para eliminar objetivos, competencias y funciones superpuestas o duplicadas y concentrar funciones, con el objetivo declarado de racionalizar el gasto público.

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