Texto oficial
Ante la presunción de infracciones y aunque no hubiere finalizado la sustanciación del sumario, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación podrá, mediante resolución fundada, suspender preventivamente la inscripción del presunto infractor hasta tanto se dicte la resolución definitiva. En este caso, la sustanciación del sumario no podrá superar el plazo de sesenta (60) días corridos.