Artículo 14Juzgados: incorporación del fuero penal tributario a la Ley 24.050
Texto oficial
Sustitúyase el inciso e) del Art. 2 — Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación por el siguiente:
Inciso e): Los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción, Correccionales, en lo Penal Económico, en lo Penal Tributario, de Menores, en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal y Federales con asiento en las provincias.
Qué significa en la práctica
Sustituye el inciso e) del Art. 2 — Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación para incorporar a los juzgados nacionales en lo penal tributario dentro de la enumeración de órganos de la justicia penal. Este artículo no fue observado: es el que le dio existencia orgánica a los juzgados del .