Artículo 1Aprobación del Convenio cultural y educativo con Albania
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL Y EDUCATIVA ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE ALBANIA, suscripto en Buenos Aires el 11 de mayo de 2000, que consta de DIEZ (10) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio de Cooperación Cultural y Educativa firmado con Albania en Buenos Aires el 11 de mayo de 2000. Sus diez artículos se incorporan como parte de la ley: prevén intercambio de personas, expertos, publicaciones y material audiovisual sin valor comercial; exposiciones, conciertos y espectáculos auspiciados por la otra Parte; traducción y edición de obras; fomento del estudio del idioma y la cultura del otro país; becas de estudio y perfeccionamiento; y cooperación entre agencias de noticias y emisoras de radio y televisión.