Artículo 9Proyecto de ley sobre pesificacion y reestructuracion de deudas bancarias
Texto oficial
El PODER EJECUTIVO NACIONAL elevará, a consideración del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION un Proyecto de Ley referido al proceso de reestructuración de deudas y de pesificación de deudas y créditos del Sistema Bancario, autorizando el endeudamiento derivado de dichos procesos y las medidas que fueren menester adoptar con el objeto de no alterar el resultado financiero a que alude el artículo 4º de la presente Ley.
Qué significa en la práctica
Obliga al Poder Ejecutivo a elevar al Congreso un proyecto de ley sobre el proceso de reestructuracion y pesificacion de deudas y creditos del sistema bancario, autorizando el endeudamiento que derive de esos procesos y las medidas necesarias para no alterar el resultado financiero del articulo 4. Retrato del momento: la ley de presupuesto reconoce que la pesificacion todavia no tenia marco legal completo.