Artículo 2Derecho a apoyos e interpretación durante las evaluaciones
Texto oficial
Incorpórase el inciso f) del Art. 13 — Ley de Educación Superior, Ley de Educación Superior, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 13: Los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior tienen derecho:
f) Las personas con discapacidad, durante las evaluaciones, deberán contar con los servicios de interpretación y los apoyos técnicos necesarios y suficientes.
Qué significa en la práctica
Agrega un inciso f) al Art. 13 — Ley de Educación Superior, que enumera los derechos de los estudiantes de instituciones estatales. El nuevo inciso les asegura contar con los servicios de interpretación y los apoyos técnicos necesarios y suficientes durante las evaluaciones. El foco en el examen no es casual: es el momento donde la ausencia de un intérprete o de un formato accesible se traduce directamente en un aplazo y, acumulado, en el abandono de la carrera.