Ley 25.615

Artículo 5Nuevo artículo 6 bis de la Ley 19.032: funciones de las Unidades de Gestión Local

Texto oficial

Agréguese como Art. 6 — Ley del PAMI, el siguiente: Artículo 6º bis: Las Unidades de Gestión Local tendrán las siguientes funciones y obligaciones: Actuar como unidad de ejecución de todos los programas implementados por el Instituto, elaborando propuestas y programas prestacionales para la , basados en los factores socio-demográficos, epidemiológicos, tasas de uso estimativas y costos de cada de acuerdo a las normas establecidas por el D.E.N., asumiendo la responsabilidad de mantener a tal fin actualizado el padrón de afiliados de su área de cobertura: a) Proponer al D.E.N. la planificación de actividades institucionales y el presupuesto anual para su funcionamiento, elevando la memoria, balance y cuenta de resultados al D.E.N., e informes sobre los requerimientos de personal para la U.G.L. y sobre la administración de los recursos humanos de la unidad. b) Promover convenios y contratos prestacionales en el marco de las pautas de descentralización fijadas por este último, pudiendo acordar la integración con otras U.G.L. de regiones para el mejor cumplimiento de estos fines. c) Realizar auditorías de carácter administrativo, técnico-jurídico y prestacional, elevando los informes correspondientes al D.E.N., independientemente de los alcances del sistema de control que establezca el D.E.N. d) Adoptar todas las medidas conducentes a garantizar el normal funcionamiento de la U.G.L. e) Cada cuatro meses deberá presentar una rendición económica y prestacional de lo actuado durante ese período, conforme lo convenido en el compromiso de gestión. En cada U.G.L. funcionará un Consejo Asesor conformado según lo dispuesto en el artículo 11, que tendrá carácter honorario y consultivo. Sus funciones son: a) Elaborar propuestas y programas prestacionales para la U.G.L. b) Asesorar sin carácter vinculante al Director Ejecutivo local. c) Realizar todas las acciones que fueran necesarias para garantizar la calidad y transparencia de la gestión.

Qué significa en la práctica

Define qué hacen las delegaciones territoriales del Instituto. Son la unidad de ejecución de todos los programas, elaboran propuestas prestacionales según los datos sociodemográficos y epidemiológicos de su , mantienen actualizado el padrón de afiliados de su zona, proponen su presupuesto, promueven convenios con prestadores, auditan y rinden cuentas cada cuatro meses conforme al compromiso de gestión. En cada Unidad funciona un Consejo Asesor honorario y consultivo que asesora sin carácter vinculante al director local y vela por la transparencia.

Normas relacionadas

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