Ley 25.782

Artículo 3Prohibición de transformarse o vender el fondo de comercio

Texto oficial

En ningún caso las cajas de crédito cooperativas podrán transferir sus fondos de comercio a entidades de otra naturaleza jurídica ni transformarse en entidades comerciales mediante cualquier procedimiento legal.

Qué significa en la práctica

Cierra la puerta a que una caja de crédito cooperativa termine siendo un banco comercial: no puede transferir su fondo de comercio a entidades de otra naturaleza jurídica ni transformarse en entidad comercial por ningún procedimiento legal. Es la garantía de que el capital reunido con lógica cooperativa siga cumpliendo esa función.

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