Ley 25.792

Artículo 4Lo ya pagado no se devuelve

Texto oficial

Las obligaciones impositivas efectivamente canceladas con anterioridad a la presente ley, no darán lugar a reclamación alguna ni a petición de reintegro por parte del contribuyente.

Qué significa en la práctica

El contrapeso del beneficio. Quien pagó el IVA de esos períodos antes de la ley no puede reclamarlo ni pedir su reintegro. La ley cierra litigios hacia adelante, pero no obliga al Estado a devolver plata ya ingresada.

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