Ley 25.798

Artículo 9Contralor

Texto oficial

Facultad de contralor. En todos los casos de los artículos 7º y 8º de la presente ley, el Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos que determine la reglamentación, podrá realizar toda clase de auditorías a los fines de comprobar la veracidad y consistencia de los datos consignados en las respectivas declaraciones.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo puede auditar la veracidad de los datos de las declaraciones.

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