Ley 25.827

Artículo 54Credito en efectivo para sentencias de las fuerzas de seguridad

Texto oficial

Establécese como límite máximo la suma de CIENTO UN MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 101.964.000) destinada al pago de sentencias judiciales por la parte que corresponda abonar en efectivo por todo concepto, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones correspondientes a retirados y pensionados de las fuerzas armadas y fuerzas de seguridad, incluido el Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo con el siguiente detalle: — Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares: $ 50.909.000. — Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina: $ 45.343.000. — Servicio Penitenciario Federal: $ 2.839.000. — Gendarmería Nacional: $ 1.539.000. — Prefectura Naval Argentina: $ 1.332.000.

Qué significa en la práctica

Fija un tope de $ 101.964.000 para pagar en efectivo, por todo concepto, las sentencias por retroactivos de ajustes en las prestaciones de retirados y pensionados de las fuerzas armadas y de seguridad, repartido asi: Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares $ 50.909.000; Caja de Retiros de la Policia Federal $ 45.343.000; Servicio Penitenciario Federal $ 2.839.000; Gendarmeria Nacional $ 1.539.000; Prefectura Naval Argentina $ 1.332.000.

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